PAGO TRIMESTRAL DEL IVA PARA PYMES Y OBTENCION SIMPLIFICADA DEL CERTIFICADO DE EXCLUSION DE LOS REGIMENES DE RECAUDACIÓN
RG 3878 / 2016 AFIP
ASPECTOS SALIENTES
Se establece un régimen de cancelación del IVA en forma trimestral aplicable a las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas tramo 1-Ley 25300 y Resolución SEPYME 24/2001 y sus modif., y la posibilidad de obtener en forma simplificada el Certificado de Exclusión de los regimenes de retención, percepción y /o pago a cuenta del IVA.
Los montos máximos ( en miles de pesos ) de facturación anuales son los siguientes :
Cat/Sector Agrop Ind Com Serv
Micro 2.000 7.500 9.000 2.500*
Pequeña 13.000 45.500 55.000 15.000
MedTr1 100.000 360.000 450.000 125.000
*Tope aplicable a personas humanas correspondientes al sector servicio por actividad.
Los responsables que desarrollen exclusivamente actividades agropecuarias, a los fines de adherir al presente régimen, previamente deben desistir de la opción ejercida en el marco de la RG AFIP 1745 ( IVA pago anual ) y su modificación, no resultando aplicable la limitación fijada en su artículo 4.
REQUISITOS
Poseer la CUIT activa sin limitaciones en los términos de la RG 3832.
Domicilio fiscal actualizado conforme las RG 10 y 2109 modif y complem
Código de actividad actualizado s/RG 3537 y estar incluido en el artículo 1.
Constituir ante AFIP el domicilio fiscal electrónico.
Alta en los tributos correspondientes y presentadas las ddjj informativas y determinativas.
No encontrarse en concurso preventivo o quiebra.
La solicitud de acceso a los beneficios establecidos surtirá efectos desde el primer día del mes de aprobación sobre la procedencia de la categorización como Pymes que estará a cargo de la Secretaria de Emprendedores y Pymes del Ministerio de Producción.
OBLIGACIONES
Utilizar el sistema de Cuentas Tributarias s/ RG 2463
Presentar en forma mensual las respectivas ddjj del IVA.
Ingresar de forma trimestral el gravamen resultante de las ddjj de cada periodo fiscal utilizando exclusivamente el procedimiento de transferencia electrónica ( VEP )
Junio/Agosto vto periodo fiscal agosto
Sept/Nov vto periodo fiscal noviembre
Dic/Feb vto periodo fiscal febrero
Mar/Mayo vto periodo fiscal mayo
EXPULSION DEL REGIMEN
Cambio en la categoría encuadrada
Falta de presentación de 3 ddjj mensuales del IVA correspondiente a un mismo año calendario.
Incumplimiento del pago trimestral
CERTIFICADO DE EXCLUSION
Podrán solicitar el certificado de exclusión cuando dos periodos fiscales consecutivos anteriores la ddjj arrojen saldo a favor de libre disponibilidad.
En la última ddjj – excepto para las microempresas - además deberá tener un saldo a favor de libre disponibilidad equivalente como mínimo al 10 % del promedio del impuesto determinado en las ddjj de los últimos 12 periodos fiscales.
Los certificados serán otorgados automáticamente una vez superados otros controles sistémicos de forma.
APLICACIÓN
Las disposiciones resultan de aplicación a partir del periodo fiscal Junio de 2016
Adjunto RG 3878 AFIP Y Resol 24/2001 de SEPYME.
Mayo de 2016