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Informe Impositivo APORTES TRABAJADORES AUTONOMOS NUEVOS IMPORTES A PARTIR DEL MES DEVENGADO SETIEMBRE 2013

 

INFORMACIÓN  IMPORTANTE  RATIFICACION

INCREMENTO TOPES MAXIMO Y MINIMO DE LA REMUNERACION SUJETA A APORTES A PARTIR DEL MES DE SETIEMBRE DE 2013

APORTES TRABAJADORES AUTONOMOS

NUEVOS IMPORTES A PARTIR DEL MES DEVENGADO SETIEMBRE 2013

RG Nº 3534/2013

 

Por RG (Afip) 3534/2013se ratifica el incremento, a partir del mes devengado Setiembre de 2013, los límites mínimo y máximo a que se refiere el art.9° de la ley 24241 para el cálculo de los aportes de los trabajadores en relación de dependencia comprendidos en el Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones.   Los límites se fijan en:

*Límite mínimo .....................  $   861.57         *    Límite máximo .......................$ 28.000,65

Sobre la base de lo expuesto, corresponde liquidar los sueldos a partir del mes devengado Setiembre de 2013 aplicando dichos topes.-

Conceptos

Bases Imponi-
bles Máximas Desde 1º/09/13

 
 
 

 

Aportes al:
Sistema Integrado Previsional Argentino, Ley Nº 24.241 y sus modificac.
Instituto de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados, Ley Nº 19.032 y sus modificaciones.
Régimen Nacional de Obras Sociales, Ley Nº 23.660 y sus modificac.
Régimen Nacional del Seguro de Salud, Ley Nº 23.661 y sus modificac.

$ 28.000,65

 
 
 
 
 
 
 
 

 

 

Cuotas Ley Riesgos del Trabajo, Ley Nº 24.557 y sus modificaciones.

Sin Limite Máximo

s/remuneraciones y conceptos no remunerativos

 

 

Contribuciones al:
Sistema Integrado Previsional Argentino, Ley Nº 24.241 y sus modificaciones. Instituto de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados, Nº 19.032 y sus modificaciones.
Régimen Nacional de Obras Sociales, Ley Nº 23.660 y sus modificaciones.
Régimen Nacional del Seguro de Salud, Ley Nº 23.661 y sus modificac.
Fondo Nacional de Empleo, Ley Nº 24.013 y sus modificaciones.
Régimen de Asignaciones Familiares, Ley Nº 24.714 y sus modificaciones.

 

Sin Limite Máximo

 

 
 

 

Asimismo, y como consecuencia del incremento de los haberes jubilatorios, y según lo dispuesto por ley 26417, la Afip mediante la RG 3534 establece los nuevos importes de los aportes previsionales de los  trabajadores autónomos, los cuales a partir de la obligación de pago correspondiente al período devengado Setiembre 2013, con vencimiento en el mes de Octubre de 2013 se fijan en:

                                                                                                                                                                                                                                                                         VALORES                                                                                                                                     RG 3534

Grupos de Actividades

Ingresos Brutos Obtenidos en el año anterior

Categorías

Importe Mensual

Dirección, administración o conducción de sociedades comerciales o civiles, regulares o irregulares, y socios de sociedades de cualquier tipo.

Mayores a $ 30000.-

 

V

2021.78

Mayores a $ 15000.- y < o = a $ 30000.-

IV

1470.39

Menores o Iguales     a $ 15000.-

III

918.99

Actividades no incluidas en el punto anterior, que constituyan locaciones o prestaciones de servicios

Mayores a $ 20000.-

 

II

643.29

Menores o Iguales     a $ 20000.-

I

459.50

Resto de las actividades no comprendidas en los puntos anteriores

Mayores a $ 25000.-

 

II

643.29

Menores o Iguales     a $ 25000.-

I

459.50

Afiliaciones voluntarias

 

 

I

459.50

Menores de 18 hasta 21 años

 

 

I

459.50

Jubilados por la Ley 24.241

 

 

I

387.70

Amas de casa que opten por el aporte reducido previsto en la Ley 24.828

 

I

157.95

 

 

 

 

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