INSTRUCTIVO para ADHESIÓN a la PRORROGA del CONVENIO EMERGENCIA
Covid-19/art. 223 bis LCT – Expediente N° EX-2021-38955518- -APN-DGD#MT
Ante la nueva Adenda de prórroga del Convenio de Emergencia Covid-19/ suspensión por art. 223 bis LCT, la cual se adjunta, recordamos a las Agencias de Viajes que necesariamente deben adherirse a la misma, en caso de corresponder y con el mismo procedimiento empleado en las anteriores oportunidades.
La homologación de la Adenda, que nos ocupa, tramita mediante el EX-2021-38955518- -APN-DGD#MT, que también se adjunta.
En síntesis, deben seguirse los pasos de adhesión de las prórrogas preliminares y tal como ya los han realizados, adecuando las instrucciones a los expedientes actuales.
A saber:
Los datos a proporcionar son:
- Razón social
- Nro. de CUIT
- Nro. de Legajo
- Denominación comercial
- Domicilio electrónico
Nota de adhesión por vía electrónica a la Mesa de Entradas del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social al correo Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.