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RG 3550/2013

 

Como es de público conocimiento, la Asociación Argentina de Agencias de Viajes y Turismo informa a sus Asociados que el Comité Ejecutivo se encuentra en sesión permanente desde la publicación de la Resolución 3550 –AFIP y la comunicación A 5499 del BCRA.

En este sentido, manifestamos nuestra preocupación por la aplicación de dicho aumento a los servicios brindados por las Agencias de Viajes y Turismo,  ya que como lo hemos expresado públicamente, a nuestro entender, el mayor problema con las salidas de divisas se encuentra en operaciones de tarjetas de crédito y mecanismos de comercialización de e-commerce que no pertenecen a turismo y forman parte de dicho rubro del MULC.

Ratificamos nuestro compromiso de continuar trabajando con el sector público en la búsqueda de soluciones que mejor se adecuen a las necesidades públicas y privadas.

A continuación, hacemos llegar un resumen aclaratorio de las nuevas normativas.

 

Aspectos Destacados

 

*Se incrementan del 20 % al 35 % las Percepciones establecidas por la RG 3450/2013  (Operaciones con Tarjeta de Crédito, Debito, en moneda extranjera,  Adquisición de servicios en el exterior  contratados a través de Agencias de Viaje, Servicios de transporte con destino fuera del país)

*Las   operaciones identificadas  con  los  Códigos 663 BCRA  ( Otras transferencias por turismo y viajes sujetas a validación fiscal )   y  665 del  BCRA  ( Venta de billetes para gastos de turismo y viajes de residentes sujetos a validación fiscal ) , NO alcanzan a la actividad de las Agencias de Viajes y Turismo.   Las mismas utilizan el  Código 662 BCRA (Gastos de turismo y viajes de operadores turísticos por servicios que fueron contratados por viajes al exterior)  y   el Código 668 BCRA (Compras de servicios turísticos para cartera del operador turístico) para realizar transferencias al exterior.

*Las percepciones cobradas  hasta el día  02/12/2013, quedan alcanzadas por la alícuota del 20% (RG  3450/2013), mientras que las percepciones cobradas a partir del día de la fecha  quedan alcanzadas por la alícuota del 35 %  (RG 3550/2013)

 

COMUNICACIÓN “A” 5499 –BCRA- NORMAS DE ACCESO AL MERCADO LOCAL DE CAMBIOS EN MATERIA DE SERVICIOS

Se establece que el acceso al mercado local de cambios, por parte de empresas de transporte y turismo,  para la compra de divisas para la atención de servicios vendidos a viajeros no residentes, estará condicionado, a que los mismos  sean cobrados con tarjeta de crédito y/o débito emitidas en el exterior, transferencias en divisas desde el exterior, cheques sobre cuentas en el exterior y/o billetes en moneda extranjera.

Vigencia: a partir del 03/12/2013 inclusive.

Luego de gestiones realizadas por la Cámara Argentina de Turismo junto a AIR EUROPA, esa línea aérea ha convenido otorgar un descuento especial AD20 para los participantes en las distintas Acciones de Promoción a realizarse en el transcurso del año 2014, en la tarifas disponibles al momento de la reserva y en las rutas operadas exclusivamente por dicha compañía.

 

Para gestionar su reserva, los interesados deberán tomar contacto con el Departamento de Promoción de la CAT, informando nombre completo del pasajero tal cual figura en el pasaporte, número de pasaporte y fechas / tramos de vuelos.

                      

Aclaración Importante

Se ha producido un error material en el Acuerdo Salarial 2013 en su Art. 5, donde dice 1 de mayo de 2013 debe decir 1 de mayo de 2012.

En breve estaremos publicando la versión corregida del Acuerdo Salarial 2013.

 

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