DEDUCCIONES PERSONALES ART 23 DE LA LEY DEL IMPUESTO A LAS GANANCIASINCREMENTO A PARTIR DEL 1-1-2016
DEROGACION DECRETO 1242/2013
DECRETO 394/2016
Como anticipáramos en nuestro informe anterior Nº 1161, mediante el Decreto Nº 394/2016, se incrementan las Deducciones Personales Anuales del Art. 23 de la Ley del Impuesto a Las Ganancias en concepto de ganancia no imponible, cargas de familia y deducción especial, computables para la determinación del dicho impuesto para las personas físicas y sucesiones indivisas, según el siguiente detalle:
Deducciones personales |
Importes anuales |
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Mínimo no imponible |
$ 42.318 |
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Cónyuge |
$ 39.778 |
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Hijo |
$ 19.889 |
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Otras cargas |
$ 19.889 |
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Deducción especial cuarta categoría |
- Relación de dependencia |
$ 203.126 |
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- Autónomos |
$ 42.318 |
Por otra parte se deroga el Decreto Nº 1242/2013, que establecía medidas para la determinación del Impuesto a las Ganancias sobre los sueldos en relación de dependencia y jubilaciones, teniendo en cuenta los ingresos percibidos en el período de Enero a Agosto de 2013.
VIGENCIA:
El incremento de las deducciones personales tendrá efecto a partir del 1º de Enero de 2016 inclusive