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INCREMENTO TOPES MAXIMO Y MINIMO DE LA REMUNERACION SUJETA A APORTES A PARTIR DEL MES DE MARZO 2016

En virtud de lo dispuesto por la Res. 396/2015, en su artículo 7°, se modifican, a partir del mes devengado Marzo de 2016, los límites mínimo y máximo a que se refiere el art.9° de la ley 24241 para el cálculo de los aportes de los trabajadores en relación de dependencia comprendidos en el Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones.   Los límites se fijan en:

*Límite mínimo .....................  $   1724,88         *    Límite máximo .......................$ 56057,93

Sobre la base de lo expuesto, corresponde liquidar los sueldos a partir del mes devengado Marzo de 2016 aplicando dichos topes.-

Conceptos

Bases Imponi-
bles Máximas Desde 1º/03/16

 
 
 

 

Aportes al:
Sistema Integrado Previsional Argentino, Ley Nº 24.241 y sus modificac.
Instituto de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados, Ley Nº 19.032 y sus modificaciones.
Régimen Nacional de Obras Sociales, Ley Nº 23.660 y sus modificac.
Régimen Nacional del Seguro de Salud, Ley Nº 23.661 y sus modificac.

$ 56057,93

 
 
 
 
 
 
 
 

 

 

Cuotas Ley Riesgos del Trabajo, Ley Nº 24.557 y sus modificaciones.

Sin Limite Máximo

s/remuneraciones y conceptos no remunerativos

 

 

Contribuciones al:
Sistema Integrado Previsional Argentino, Ley Nº 24.241 y sus modificaciones. Instituto de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados, Nº 19.032 y sus modificaciones.
Régimen Nacional de Obras Sociales, Ley Nº 23.660 y sus modificaciones.
Régimen Nacional del Seguro de Salud, Ley Nº 23.661 y sus modificac.
Fondo Nacional de Empleo, Ley Nº 24.013 y sus modificaciones.
Régimen de Asignaciones Familiares, Ley Nº 24.714 y sus modificaciones.

 

Sin Limite Máximo

 

 
 

 

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